Por: Carmen Lucía Castaño

 

Ginebra, 20 de abril.- Con el discurso de apertura del delegado del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos inició hoy en Ginebra la 54.ª sesión del Comité de la ONU contra la Tortura (CAT). Durante cuatro semanas, los diez expertos que lo conforman evaluarán las medidas tomadas por varios Estados para aplicar las disposiciones de la Convención contra la Tortura y Otras Penas o Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes.

Durante esta sesión, ocho de los Estados signatarios de la Convención presentarán sus informes y responderán las preguntas formuladas por los expertos. Se trata de Colombia, Congo, España, Luxemburgo, Macedonia, Nueva Zelanda, Rumania y Serbia.

El Comité, presidido por el experto chileno Claudio Grossman, se reunirá así mismo con representantes de organizaciones no gubernamentales quienes tienen la facultad de presentar sus propios informes ante los diferentes órganos de tratados de la ONU. El 15 de mayo, último día de la presente sesión, el Comité hará públicas las observaciones finales y las recomendaciones que formulará a cada uno de los ocho países examinados.

Panorama Diplomático hará el seguimiento de la comparecencia de Colombia y España ante el Comité. Nuestros artículos abordarán la presentación de los informes nacionales, los informes alternativos de la sociedad civil, las preguntas de los expertos y las respuestas de las delegaciones. Así mimo, ofreceremos un reportaje fotográfico sobre las dos jornadas del examen de cada país. Al final del Comité, presentaremos las recomendaciones formuladas por los expertos a los dos países concernidos. Nuestro equipo periodístico lo invita a seguir este cubrimiento especial.

La Convención

La Convención contra la Tortura y Otras Penas o Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes, hasta hoy ratificada por 157 países, define la tortura como: “todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia”.

El instrumento internacional también estipula que los Estados parte deben tipificar la tortura como delito en su ordenamiento jurídico y que ninguna situación excepcional puede ser invocada como justificación para su práctica.

El Protocolo facultativo de la Convención, que autoriza visitas regulares de un Subcomité para la prevención de la tortura a los lugares de detención en el territorio nacional de los Estados signatarios, ha sido ratificado por 77 países, entre los cuales se encuentran Chile, España, Guatemala, Honduras, Paraguay y Perú. Colombia, por su parte, no ha aceptado su ratificación.