Por: Carmen Carrasco

 

Ginebra, 3 de febrero.- El Comité de la ONU contra las desapariciones forzadas finalizó hoy su escrutinio al informe presentado por México, como parte de sus obligaciones de signatario de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas.

En el marco de sus respuestas ante el grupo de expertos independientes de distintas nacionalidades de la ONU, Eliana García, encargada de la Procuraduría General de la República (PGR), recordó que en diciembre de 2014 se aprobó la creación de los protocolos homologados a la convenciones contra la desaparición forzada y de la tortura.

Asimismo indicó que se piensa incluir el artículo 3 de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra la desaparición forzada, donde se precisa también sobre estos crímenes cuando son cometidos por particulares. Indicó que todas las entidades del país van a tener este protocolo.

Este protocolo homologado incorporará que cualquier autoridad que conozca un reporte de desaparición debe iniciar de inmediato las acciones para su búsqueda, añadió la mexicana.

Controversia sobre el artículo 31 de la Convención

Durante el diálogo entre los expertos y la delegación mexicana, Juan Manuel Gómez Robledo, subsecretario de Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos de la Secretaría de Relaciones Exteriores, acotó que mientras tenía lugar la reunión, en las redes sociales se estaba generando la percepción de que si México hubiese aceptado la competencia del artículo 31 de la Convención, que se refiere a admitir la competencia del Comité para recibir quejas individuales, la discusión sobre las desapariciones, particularmente del Caso Ayotzinapa sería distinta.

Gómez Robledo dijo que aunque México hubiera aceptado las disposiciones contenidas en los artículos 31 y 32, “el resultado hubiera sido el mismo”. Emmanuel Decaux, presidente del Comité, recordó que México al adherirse al instrumento internacional lo hizo con reserva de ambos artículos, por lo que no se reciben casos individuales, y llamó a centrarse en el diálogo y no en las redes sociales.

Militarización

En otro momento, el relator del Comité de origen argentino, asignado al examen de México, Luciano Hazán, señaló que el grupo de trabajo sobre desapariciones forzadas en su visita del 2011 al país norteamericano propuso retirar a las fuerzas armadas de las calles para evitar este tipo de delito contra los derechos humanos.

La respuesta de Gómez Robledo fue que la participación del ejército es de carácter temporal, y que va del a mano con el fortalecimiento de la policía. “Soy consciente de que no hemos aportado información sobre eso”, señaló, pero que se ha creado una gendarmería que se inspira en la francesa, y que 5 mil gendarmes iniciaron sus funciones en junio del año pasado.

Registros de personas perdidas

El experto Hazán pidió a México que se precisara de qué manera se identifica a las víctimas de desaparición forzada si es que estas se encuentran en lugares como hospitales psiquiátricos o centros penitenciarios, ya que el informe del Estado indicaba la reclusión en estos lugares como posible destino de quienes eran reclamados por sus familiares como desaparecidos.

En ese sentido, el Gobernador de Coahuila, Rubén Moreira, precisó que en México no es obligatorio portar una cédula de identidad, por lo que era frecuente que una persona detenida diera otra identidad, lo que ocasiona que no haya un registro fiable de las personas que entran en prisión.

Ley de víctimas

El experto Rainer Huhler consultó a la delegación mexicana si la nueva Ley de Víctimas tenía carácter retroactivo, es decir si también consentía reparaciones a familiares de desaparecidos durante la denominada “guerra sucia” que tuvo lugar en México durante la década de los setentas u otras víctimas como las del movimiento del 68.

También preguntó en qué consistían las reparaciones de la Ley de Víctimas, a lo que la delegación mexicana respondió que se trataba de una reparación integral y no solo económica; y que sí reparaban a las víctimas de la “guerra sucia”, incluso para los casos en que las autoridades han prescrito el delito de desaparición forzada.

Sin embargo, la delegación reconoció que no todos los estados habían adaptado su legislación a la Ley General; así, 12 estados aún no han reactualizado sus códigos con este fin. Asimismo, la Ley de procedimientos penales no reconoce a las víctimas como la Ley General.

En otro momento del examen, Huhler demandó a la delegación mexicana por qué los familiares de las víctimas se quejaban del difícil acceso a copias de los expedientes de los casos de las víctimas, si la ley de transparencia indica que no se puede negar el acceso a la información cuando se trata de violación de los derechos humanos.

Ley General de desapariciones forzadas

Por su parte, Miriam Cárdenas, presidenta de la comisión de derechos humanos de la cámara de diputados, indicó que en México existen distintas tipificaciones del delito de desaparición forzada, “algunas de ellas cumplen con los estándares internacionales, otras no”. “También encontramos que existen seis estados que no contemplan la desaparición forzada como un delito en su legislación”.

“Los parlamentarios consideramos, luego de un amplio debate sostenido en ambas cámaras que no se iba a resolver el problema de fondo, y este problema referido a las definiciones (…) como también a las competencias, por lo que se optó por trabajar en una Ley General en la materia que habrá de aplicarse en todo el territorio de la República”, añadió.

La PGR, a través de la agencia de investigación criminal creó un área de protección para medidas cautelares a víctimas y testigos, para lo cual el personal ha sido capacitado, indicó la delegada mexicana.

Noemi Festinger, secretaria de la gobernación, explicó la implementación de un mecanismo de protección de periodistas y de defensores de derechos humanos, integrado por distintas dependencias como la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), la PGR, y la Secretaría de Seguridad Pública Federal (SSPF).

Por su parte, el General Beltrán Benitez, indicó que los casos de desaparición forzada se trataban en fueros civiles cuando las víctimas eran civiles, pero no fue capaz de responder al relator Rainer Huhler sobre los casos de desapariciones de agentes militares en manos de otros militares.

Extradición

Ante la pregunta del experto español Juan José López Ortega sobre la verificación de situaciones de riesgo en caso de la detención de extranjeros, el delegado Guillermo Fonseca respondió que la Convención era el marco para las extradiciones que tienen lugar en México. Precisó que los tratados de extradición (México ha firmado 33 tratados bilaterales) no están limitados a un listado de delitos, sino que se requiere de una doble incriminación, es decir que se considere delito en ambos países.

Por otro lado, Eliana García precisó que en el caso de las numerosas fosas con cadáveres encontradas en el estado de Guerrero, el Estado trabaja en conjunto con el comité de familiares “los otros desaparecidos”. De esta labor, se han tomado las muestras genéticas a más de 500 familias. De 63 fosas, se logró la recuperación de 42 cuerpos. Indicó que fueron los padres de las víctimas quienes empezaron a hacer este trabajo solos, y ahora cuentan con el apoyo de las autoridades.

Por eso se había integrado el sistema nacional de información genética, el cual va a integrar con el CODIS, que incluye la información genética de las personas desaparecidas y de los familiares, de los cuerpos sin identificar, así como la información de otras instituciones.