Un grupo de expertos de la ONU concluyó que la privación de la libertad de 25 personas, detenidas en 2015 durante una marcha en pro de la educación pública, fue consecuencia del legítimo ejercicio de sus derechos. Por tratarse de una detención arbitraria, México debe liberarlas.

 

Por: Juan Gasparini

 

Ginebra, 26 de junio.- El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU solicitó a México la liberación de 25 personas privadas de la libertad por marchar en junio de 2015 para defender la educación pública, trascendió ayer sábado en Ginebra. La ONU confirma así lo anticipado por las asociaciones civiles de México que presentaron la denuncia: la Defensoría de los Derechos Humanos y por la Justicia, y el Centro de Derechos Humanos y Asesoría a Pueblos Indígenas (CEDHAPI).

El caso revela que, de los 25 detenidos, 17 forman parte de la organización social Frente Popular Revolucionario (FPR), y los 8 restantes son indígenas que, tras el arresto, luego de participar en una marcha sindical de protesta, fueron torturados por agentes estatales, según lo apreciado por este Grupo de cinco expertos designados por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, quienes obran de acuerdo con su conciencia y trabajan ad honorem.

La denuncia admitida por la ONU les reprocha a las autoridades mexicanas que los arrestos se llevaron a cabo sin orden de aprehensión de un juez competente, los detenidos no fueron puestos de inmediato a disposición del Ministerio Público y las alegaciones de porte de bombas molotov y terrorismo, con las que fueran estigmatizados, no parecen tener una credibilidad suficiente de acuerdo a lo esgrimido por el Gobierno.

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México comunicó a la ONU la inculpación de los detenidos por perturbar el orden público en las elecciones del estado de Oaxaca y poseer explosivos diversos. También aportó algunas informaciones sobre el procedimiento penal. Estos elementos fueron juzgados insuficientes por los expertos, quienes se manifestaron alarmados por las violaciones de los derechos humanos de la población indígena de Oaxaca, algo que parece una práctica corriente en México.

Lo anterior se vincula con la noción de crimen de lesa humanidad: aquel que se configura cuando un Estado o una organización no estatal comete un crimen o delito de manera sistemática y masiva contra la población civil, que conlleva una violación generalizada de sus derechos humanos. Representantes de la ONU ya han acudido a esta noción para calificar actos represivos llevados a cabo por la fuerza pública en México, como desapariciones, ejecuciones extrajudiciales y torturas.

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Los expertos dan entonces por válida la denuncia recibida de las dos ONG antes citadas, en el entendido que a las víctimas se les privó de la libertad en ausencia de acusaciones debidamente notificadas, no contaron con un debido proceso judicial y fueron sometidos a abusos físicos; con posterioridad, fueron transferidos a diferentes penitenciarias en ausencia de notificación a sus familias. Ninguno de ellos ha sido condenado.

Por tanto, la ONU resolvió que estas 25 personas han sido arrestadas y detenidas como consecuencia del ejercicio de sus derechos fundamentales, en violación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, hechos que, de acuerdo con los estándares internacionales en la materia, constituyen una detención arbitraria.

En los últimos dos años, este Grupo de la ONU ha resuelto, en igual sentido, a favor de otros cinco detenidos en México acusados, por delitos que no habrían cometido, sobre la base de confesiones arrancadas bajo tortura y enviados a celdas de aislamiento en penales de alta seguridad. Se trata de los ciudadanos Damian Gallardo Martínez, Pedro Celestino Canché Herrera, Librado Jacinto Baños Rodríguez, Enrique Guerrero Aviña, y Nestora Salgado García.

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