Naciones Unidas condenó la disolución de la Unión Nacional de Educadores en Ecuador

por | 27-09-2016

Expertos de la ONU deploraron la disolución de la Unión Nacional de Educadores, el sindicato de profesores más importante de Ecuador, y llamaron a las autoridades nacionales a frenar el proceso.

La disolución de la Unión Nacional de Educadores (UNE) de Ecuador, como consecuencia de la aplicación del Decreto Ejecutivo 739 de 2015, es “aparentemente una decisión arbitraria, política, y que adolece de una conexión lógica con un legítimo interés del Estado”. Así lo afirmaron el Relator Especial de la ONU sobre la libertad de expresión, David Kaye, y sus homólogos Michel Forst, Relator sobre los defensores de derechos humanos, y Maina Kiai, Relator sobre la libertad de asociación.

Los expertos internacionales señalaron en un comunicado conjunto que “el Decreto Ejecutivo 739 establece restricciones demasiado amplias a la libertad de expresión y asociación, lo cual permite a las autoridades disolver asociaciones con base de criterios ambiguos” y “confiere al Ejecutivo poderes discrecionales para suprimir la voz de la sociedad civil en el país”.

Por esta razón, los Relatores de la ONU instaron a las autoridades de Ecuador a “cancelar el proceso de disolución de la UNE” y a “armonizar su legislación con las buenas prácticas emanadas de las normas y estándares del derecho internacional de los derechos humanos”.

David Kaye afirmó que la disolución del sindicato de educadores, fundado en 1950, “no solamente afecta su libertad de expresión, sino también el sistema educativo de Ecuador”.

Por su parte, Michel Forst indicó que el proceso de liquidación de la asociación despoja a los profesores “de una herramienta fundamental para hacer que su voz y preocupaciones sean oídas” y advirtió que los efectos de este procedimiento pueden extenderse a los defensores de derechos humanos “y a la sociedad civil en general”.

Maina Kiai resaltó, a su vez, que “la disolución forzada de una asociación es una de las formas más severas de restricción a la libertad de asociación, que solo puede ser justificada en los casos más excepcionales” toda vez que se trata de un derecho fundamental y constituye “un principio democrático esencial y necesario para que los activistas tengan un efecto colectivo en la sociedad”.

Los tres expertos internacionales, quienes ya habían expresado sus preocupaciones al Gobierno ecuatoriano por la liquidación de asociaciones como consecuencia de la aplicación de este Decreto Ejecutivo, reiteraron también estar dispuestos a brindar asistencia técnica a las autoridades nacionales en los respectivos temas de los que se ocupan.

Otras instancias de las Naciones Unidas también se han pronunciado sobre la legislación que permite que el Estado tome decisiones de este tipo. Es el caso del Comité de Derechos Humanos, que, en agosto pasado, le recomendó que cualquier restricción a la libertad de asociación “se ajuste plenamente a las estrictas exigencias establecidas en el artículo 22, párrafo 2” del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ratificado por Ecuador en 1969.