Por: Edgar García

 

Ginebra, 26 de marzo.- El Consejo de Derechos Humanos decidió aprobar por consenso la resolución L.27 denominada “El derecho a la privacidad en la era digital” presentada por Brasil, Alemania y México, en la cual decide crear la figura de un Relator especial sobre el derecho a la privacidad en la era digital, por un periodo inicial de tres años. El Relator deberá presentar un informe anual al Consejo en la 31° sesión (en el 2016) y a la Asamblea General en la 71° (en el 2017/2018), que incluya “observaciones importantes” sobre cómo garantizar este derecho fundamental.

La resolución pone en evidencia “el reto” que representa la doble tendencia actual en el ámbito de las comunicaciones para la protección a la privacidad. Por un lado, el rápido desarrollo de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones; y por otro lado, el incremento de la capacidad de los gobiernos para “llevar a cabo actividades de vigilancia, interpretación y recopilación de datos”. Así, la iniciativa insta a los Estados a respetar sus obligaciones internacionales de derechos humanos “en lo referente al derecho a la privacidad cuando intercepten las comunicaciones digitales”.

El Consejo otorga al Relator Especial la facultad de denunciar las violaciones, “dondequiera que tengan lugar, del derecho a la privacidad” en consonancia con lo establecido en el artículo 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y el artículo 17 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos; y de igual manera “llamar la atención del Consejo y del Alto Comisionado relativo a situaciones de grave inquietud”. Además, el Consejo exhorta la cooperación y asistencia de todos los Estados en el desempeño del mandato del Relator Especial.

Las reacciones de los Estados a la iniciativa coincidieron en cuanto a la pertinencia del proyecto de resolución y agradecieron los esfuerzos de Brasil y Alemania para resaltar la cuestión del derecho a la privacidad en la era digital ante el Consejo de Derechos Humanos y la Asamblea General de la ONU.

China y Rusia acogieron favorablemente la creación de este mecanismo especial y destacaron la urgencia sobre la cuestión de la protección de ese derecho el cual fue debilitado “por los recientes casos de vigilancia en el Internet a gran escala… que violan la soberanía de los Estados” según China. Además, Rusia acusó los Estados Unidos y sus aliados de violar “masivamente el derecho a la vida privada y la correspondencia privada”.

Cuba y Arabia Saudita instaron a que el Relator Especial no vaya más allá de los límites de su mandato, es decir que su trabajo se enfoque en el derecho a la privacidad en el ámbito de las nuevas tecnologías de la información y de las comunicaciones.

Sin embargo, Sudáfrica dejó de manifiesto que no apoya el texto ya que la creación de un nuevo mandato para el derecho a la privacidad no es “la forma adecuada” para protegerlo. Según el país africano, hubiera sido preferible “incorporar esta temática dentro de mandatos ya existentes… para atender de forma más global los desafíos de este ámbito”.

Por su parte, Estado Unidos se sumó al consenso en cuanto a la creación del mandato del Relator Especial, que debe ser “amplio” para proteger los derechos a la privacidad en todo los contextos, ya que “la era digital no se limita a una tecnología específica” declaró Keith Harper, el embajador estadounidense quien subraya también que la iniciativa llega en un momento “muy oportuno”. Harper agregó que la interferencia a la privacidad es “únicamente admisible cuando es legal y no arbitraria” es decir debe ser “razonable”.

Por último, la organización no gubernamental Human Rights Watch calificó como un “paso principal” la aprobación de la resolución por el Consejo. Eileen Donahoe, directora de asuntos globales en Human Rights Watch declaró que “la protección de la privacidad es una de las cuestiones más apremiantes de nuestro tiempo … nuestra esperanza es que la resolución del Consejo marca el principio de una consideración global sobre la vigilancia de masas y sus efectos. »