Ginebra, 26 de septiembre.- El nombramiento de un “Relator Especial sobre las repercusiones negativas de las medidas coercitivas unilaterales en el disfrute de los derechos humanos” fue decidido hoy viernes en Ginebra por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, mediante una resolución que obtuvo 31 votos a favor, 14 en contra y 2 abstenciones.

A impulso del Movimiento de los No Alineados, por lo general refractario a crear relatorías que investigan cuestiones temáticas o de países relacionadas con el respeto de los derechos humanos, la iniciativa fue propuesta por Irán, y contó con el apoyo de China, Rusia, y de una amplia mayoría de Estados africanos, asiáticos, y de América Latina y el Caribe. Se opusieron la Unión Europea, Japón, Corea, y los Estados Unidos.

Los fundamentos de la resolución giran en torno a prevenir e impedir que las medidas coercitivas unilaterales, como los embargos y sanciones, no afecten “de manera desproporcionada a los pobres y las clases más vulnerables”, y “que bajo ninguna circunstancia debe privarse a las personas de sus medios básicos de supervivencia”, en la perspectiva que tales medidas “a largo plazo pueden dar lugar a problemas sociales y suscitar preocupaciones humanitarias en los Estados contra los que van dirigidas”.

La resolución abunda en críticas contra ese tipo de medidas, que “impiden la plena efectividad del desarrollo social y económico y menoscaban el bienestar de la población de los países afectados, con especiales consecuencias en el caso de las mujeres y los niños, incluidos los adolescentes, los ancianos y las personas con discapacidad”.     

La designación del experto independiente, hombre o mujer, que se encargará del mandato, deberá ser definido rápidamente por el propio Consejo, el máximo órgano en la materia de la ONU. Lo integran 47 Estados elegidos a través del voto secreto de la Asamblea General de Naciones Unidas, que se van rotando anualmente según una composición pactada por regiones del mundo.

Los países hostiles a la puesta en marcha de este procedimiento contrario a las citadas medidas en tanto restrinjan los derechos humanos, intentaron vanamente desnaturalizar el proyecto de resolución, proponiendo dos enmiendas para eliminar los artículos de la misma que describían el contenido del mandato del Relator Especial, como así también la celebración de una “mesa redonda” cada dos años, en el seno del Consejo, con la participación del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, a fin de debatir la evolución de las medidas ya aludidas, y su impacto en los derechos humanos. Esas enmiendas fueron rechazadas por 30 votos en contra, 2 abstenciones y 15 a favor.

El Relator Especial tendrá por mandato “recabar toda la información pertinente, dondequiera que se produzca, entre otros, de gobiernos, organizaciones no gubernamentales”, y “estudiar la evolución, las novedades y los problemas” que ocasiones esta clase de medidas, con el objeto de “formular directrices y recomendaciones sobre las formas y los medios de prevenir, reducir al mínimo y reparar las repercusiones negativas”.

También deberá “llevar a cabo un examen global de mecanismos independientes para evaluar medidas” de esta naturaleza, “y promover la rendición de cuentas”, al tiempo que tendrá que “contribuir al fortalecimiento de la capacidad de la Oficina del Alto Comisionado de prestar asistencia técnica y servicios de asesoramiento a los países” que sufren las consecuencias de las mencionadas medidas en perjuicio de los derechos humanos.