Comité de la ONU deploró que Panamá cierre las puertas a los candidatos al asilo
Expertos del Comité contra la Tortura exhortaron a Panamá a no expulsar de su territorio a aquellos solicitantes de asilo que estén en riesgo de ser torturados si retornan a sus lugares de origen.
El Comité de la ONU contra la Tortura reaccionó por el “elevado porcentaje” de rechazo en Panamá a las solicitudes de asilo, declaradas en un 98 % “inadmisibles” en lo que va del año, y le pidió al Gobierno que no expulse, devuelva o extradite a personas que buscan refugio en su territorio “cuando existen razones fundadas para creer que correrían el riesgo personal y previsible de ser sometidas a tortura”, según recomendaciones al país centroamericano publicadas el viernes en Ginebra.
Compuesto por diez expertos independientes elegidos por los 161 Estados que han ratificado la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, el Comité le señaló a Panamá que está “poniendo en peligro a solicitantes de asilo al negarles acceso a su territorio y al procedimiento para la determinación de la condición de refugiado tanto en puestos fronterizos aeroportuarios como en las fronteras con Colombia y Costa Rica”.
El Comité exhortó entonces a Panamá a “garantizar el acceso al procedimiento para la determinación de la condición de refugiado, así como el derecho a un recurso efectivo en el que las apelaciones sean examinadas por una instancia independiente de la que tomó la decisión inicial”.
Los expertos lamentaron además que Panamá haya desoído el pedido expreso de que los informaran “sobre el número de solicitudes de asilo aceptadas por considerarse que el solicitante había sido torturado o podría serlo en caso de devolución, ni sobre el número de personas devueltas, extraditadas o expulsadas”, tomando en cuenta que hace 16 años que el país no concurría a ser examinado en Ginebra, en contravía de las prácticas en la ONU, que estipulan que los exámenes ocurran cada 4 o 5 años.
A su vez el Comité mostró la “preocupación (por) la falta de avances significativos en la búsqueda e identificación de restos de personas desaparecidas durante la dictadura militar” (1983-1989), ante lo cual redobló la exigencia de que Panamá adopte “medidas apropiadas para que se lleven a cabo investigaciones eficaces e imparciales en todos los casos pendientes de presuntas desapariciones forzadas, se enjuicie y (…) se sancione a los autores (e) indemnice a los familiares de las víctimas”.
El “uso excesivo de la fuerza contra manifestantes” es también una práctica que la ONU observa en Panamá. Pone el ejemplo de lo sucedido en la comarca indígena de Ngäbe-Buglé, donde se habrían producido “detenciones arbitrarias y un uso excesivo de la fuerza por parte” de los órganos policiales para sofocar las “protestas en rechazo a las operaciones mineras y la explotación hidroeléctrica” en dicha comarca.
Otro caso señalado por la ONU es el de los “disturbios registrados en la ciudad de Changuinola, en la provincia de Bocas de Toro, entre el 6 y el 10 de julio de 2010, que se saldaron con una persona muerta y más de un centenar de heridos”, hechos que habrían quedado impunes.
Inquieta en la ONU que “entre 1995 y 2016”, solo “se dictaran cuatro sentencias condenatorias por actos de tortura en Panamá, encontrándose aún pendiente de resolución el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del 11 de enero de 2016 en el caso del Centro de Cumplimiento de Menores de Tocumen”, sin indicar “las razones que motivaron el sobreseimiento temporal de seis investigaciones penales por delitos de tortura y malos tratos”, ni se conozcan si han sido abiertas de oficio “investigaciones por presuntos actos de tortura o malos tratos”.